Cambian las transferencias bancarias.Cambian las transferencias bancarias.

Cambian las transferencias: investigarán a todas las personas que superen este monto

2025/12/02 01:12
Lectura de 2 min
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció los montos máximos permitidos en diciembre 2025 para operaciones bancarias y digitales que no requieran justificación.

Los bancos y billeteras virtuales deben reportar automáticamente cualquier movimiento que supere estos topes. Por eso, conocer los límites vigentes es clave para evitar bloqueos o pedidos de documentación.

Transferencias bancarias: estos serán los límites en diciembre 2025

Desde junio 2025 el Gobierno nacional cambió los topes que controla la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para transferencias y otras operaciones bancarias.

Cambian las transferencias

Estos montos seguirán vigentes durante los próximos meses y marcan el punto a partir del cual bancos y billeteras virtuales pueden pedir explicaciones sobre el origen del dinero.

A continuación, los montos máximos que se pueden operar sin ser informados a ARCA en diciembre 2025:

  • Transferencias y acreditaciones: hasta $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.
  • Extracciones en efectivo: límite de $ 10.000.000.
  • Saldos bancarios al cierre del mes: máximo de $ 50.000.000 para particulares y $ 30.000.000 para empresas.
  • Plazos fijos: hasta $ 100.000.000 en personas físicas y $ 30.000.000 en jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: tope de $ 100.000.000 para individuos.
  • Compras como consumidor final: se permiten hasta $ 10.000.000 sin necesidad de justificar.
  • Pagos de todo tipo: límite de $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.

Aunque no hay un límite en la cantidad de operaciones mensuales, sí se controla el monto total acumulado. Si se supera, el sistema activa un reporte automático a ARCA.

¿Qué pasa si se exceden los montos?

Cuando una persona o empresa supera los límites, ARCA puede exigir documentación que respalde el origen del dinero. Entre los papeles que pueden solicitarse figuran:

  • Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación
  • Declaraciones juradas de impuestos
  • Facturas por ventas o servicios
  • Constancias de transferencias anteriores
  • Si el contribuyente no logra justificar los fondos, la agencia puede aplicar sanciones económicas e incluso bloquear temporalmente las cuentas involucradas.
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