Los cambios en el régimen afectan exclusivamente a quienes usan controladores fiscales de Nueva Tecnología.Los cambios en el régimen afectan exclusivamente a quienes usan controladores fiscales de Nueva Tecnología.

ARCA simplifica el funcionamiento de los controladores fiscales: los dos trámites “clave” que cambian

2025/12/16 21:05
Lectura de 3 min
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El Gobierno introdujo una serie de cambios en el régimen de información para todos los contribuyentes que utilicen controladores fiscales de Nueva Tecnología para hacer reportes ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 5801/2025, modifica los plazos de presentación de los reportes semanales de dos formularios clave:

  • 8010 “Reporte Cinta Testigo Digital (CTD)”
  • 8011 “Reporte Resumen de Totales”

A partir del enero, la presentación de estos reportes fiscales pasará a ser mensual, para así simplificar y reducir el número de trámites que los usuarios deben presentar ante el organismo.

“Para el usuario no cambia nada, pero para el comercio la carga administrativa que exige [ARCA] ¡baja a un cuarto!”, explicó a través de una publicación en su cuenta oficial de X el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

La publicación en X de Sturzenegger

A quiénes afecta la nueva normativa de ARCA sobre los controladores fiscales

De acuerdo con la resolución oficial, los cambios en el régimen afectan exclusivamente a quienes usan controladores fiscales de Nueva Tecnología. El alcance incluye a:

  • Monotributistas
  • Responsables inscriptos en IVA
  • Exentos IVA

Además de alivianar la carga administrativa a estos usuarios al reducir la frecuencia de los reportes semanales, la normativa también elimina la presentación del Formulario 8012, que reportaba el duplicado electrónico de comprobantes tipo A, A con leyenda y M.

Es importante destacar que la obligación de presentar los reportes mensuales se mantiene incluso en los períodos en los que no se hayan registrado operaciones.

A partir del próximo enero, la presentación de estos reportes fiscales pasará a ser mensual.

La nueva modalidad deberá cumplirse con los reportes correspondientes al período enero de 2026.

Excepciones a la eliminación de los reportes semanales

Si bien se elimina la obligatoriedad semanal por completo para unificar los reportes fiscales de manera mensual, la ley contempla que ciertos responsables que lo deseen puedan presentar el formulario con mayor frecuencia.

Pueden optar por esto aquellos contribuyentes con un alto volumen de operaciones que, por razones operativas o de control interno, prefieran generar el Reporte Cinta Testigo Digital con más regularidad.

En estos casos, la presentación final de toda la información correspondiente deberá realizarse dentro de los plazos mensuales establecidos por ARCA.

¿Qué otros cambios anunció ARCA para los controladores fiscales?

Además de modificar la frecuencia de los reportes, la normativa introduce cambios en el trámite para dar de baja un controlador fiscal. A partir de ahora, el equipo solo podrá darse de baja si el contribuyente tiene al día todos los reportes mensuales exigidos por ARCA.

En la práctica, esto significa que no será posible cerrar, transferir o dejar de usar un controlador fiscal sin antes haber presentado toda la información correspondiente, incluso en los meses en los que el dispositivo no haya registrado ventas ni movimientos.

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