El Formulario I-864 advierte que el patrocinador se compromete a reembolsar los recursos utilizados por el migrante hasta que este se haga ciudadano estadounideEl Formulario I-864 advierte que el patrocinador se compromete a reembolsar los recursos utilizados por el migrante hasta que este se haga ciudadano estadounide

Anuncio oficial: la carta de cobro que recibirán los patrocinadores de inmigrantes en EE.UU.

2025/12/22 20:37
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El subsecretario de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos (HHS, por sus siglas en inglés), Jim O’Neill, envió demandas de reembolso a los patrocinadores de los inmigrantes que se volvieron dependientes de los beneficios públicos. Las cartas advierten que cualquiera que no pague enfrentará “acciones federales agresivas”.

El comunicado de Jim O’Neill que afecta a los patrocinadores de inmigrantes

Las cartas fueron confirmadas por O’Neill mediante un breve comunicado. A través de su cuenta de X, advirtió que los patrocinadores serían responsables de los gastos en los que incurriera el inmigrante tras el uso de beneficios estatales.

El subsecretario firmó al menos diez cartas vinculadas a personas patrocinadas inscritas en Medicaid

“Si usted patrocina a un inmigrante que recibe asistencia social u otras prestaciones financiadas por los contribuyentes, usted es responsable del costo. Esta semana, envié cartas a los patrocinadores exigiendo el reembolso", dijo el subsecretario.

De acuerdo con el Daily Mail, las cartas advierten que cualquiera que no pague enfrentará acciones federales agresivas “por todos los medios disponibles”.

La carta advierte a los patrocinadores que deben ser el apoyo económico de los migrantes

“Los registros federales indican que, como patrocinador de la inmigración en Estados Unidos, usted acordó brindar apoyo financiero para que no fuera excluible como carga pública que depende de los beneficios del gobierno”, se lee en una carta enviada por O’Neill.

Hasta el momento, el subsecretario habría firmado al menos diez cartas vinculadas a personas patrocinadas inscritas en Medicaid, según una fuente familiarizada con las acciones del departamento.

Las primeras reacciones a la normativa

Una de las primeras personas en reaccionar a favor de las cartas fue el miembro republicano de la Cámara de Representantes de Alabama, Ben Robbins, quien presentó en octubre de este año un proyecto de ley que obligaba a los patrocinadores a reembolsar al estado.

Robbins presentó un proyecto de ley en la última sesión que habría obligado a los patrocinadores a reembolsar al estado. El proyecto de ley fue aprobado por la Cámara de Representantes y un comité del Senado

Robbins dijo que está contento este fallo y señaló que si bien esas cartas no son legalmente vinculantes, son un paso en la dirección correcta.

“Es el comienzo de decir: ‘Oye, a nivel federal, vamos a exigir la devolución de nuestro dinero si patrocinaste a alguien y terminó recibiendo asistencia del gobierno’”, dijo el legislador, según consignó 1819 News.

El proyecto de ley de Robbins fue aprobado por la Cámara de Representantes y un comité del Senado, pero nunca llegó al pleno del Senado.

En qué consiste el patrocinio a inmigrantes

La Declaración Jurada de Apoyo, más conocida como el Formulario I-864, es un contrato entre un patrocinador y el gobierno de Estados Unidos donde el primero se compromete a reembolsar los recursos públicos utilizados por el migrante, según consignó el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés).

La persona de apoyo debe comprometerse a ser el patrocinador económico del migrante y presentar una declaración jurada

En el caso de que este no pague el costo de los beneficios públicos, la agencia tiene la posibilidad de denunciarlo. Por tanto, se recomienda a los patrocinadores a no asumir esta obligación si no están dispuestos a “cumplir con el compromiso financiero”.

La responsabilidad financiera no termina pronto. En ese sentido, esta continúa hasta que el inmigrante patrocinado:

  • Se convierta en ciudadano de los EE.UU.
  • Pueda acreditar 40 trimestres de trabajo calificados en los EE. UU. (generalmente 10 años).
  • Abandone su residencia permanente legal y salga del país.
  • Fallezca (ya sea el patrocinador o el inmigrante).

Si el patrocinador se muda y no es ciudadano estadounidense, debe informar su nueva dirección al Uscis en un plazo de 10 días mediante el Formulario I-865.

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