A partir de la actividad legislativa que tuvo California durante el 2025, el 1° de enero de 2026 comenzarán a regir distintas leyes que están enfocadas en protección animal. Las normas incluyen temáticas que van desde regulaciones en la venta de mascotas hasta cambios en las acciones que los técnicos veterinarios pueden realizar. Todas las iniciativas las firmó el gobernador Gavin Newsom.
Según el texto de la norma, obliga a los vendedores a proporcionar por escrito datos sobre el origen del animal, como información del criador. Esto incluye también un registro completo de vacunas y aclarar si hubo tratamientos de desparasitación y atención veterinaria.
Además, cualquier contrato para la transferencia de propiedad de un perro, gato o conejo se considerará nulo si incluyó un depósito no reembolsable.
En caso de que esto ocurra, el vendedor tiene 30 días para devolver el monto al nuevo dueño, sin necesidad de que este entregue al animal.
La ley se enfoca en los “brokers”. Este concepto se define como cualquier persona o negocio que vende, organiza o negocia la venta de animales criados por otra persona para obtener ganancias.
A partir de la norma del Estado Dorado, los intermediarios tienen prohibido vender perros, gatos o conejos menores de un año. La regulación no aplica a organizaciones gubernamentales, grupos de rescate y refugios.
Según esta regla, quien traiga un animal al estado para un cambio de dueño debe obtener un certificado de salud completado por un veterinario con licencia. Esto debe realizarse dentro de los diez días previos a la llegada.
Además, se solicita evidencia de que el perro está vacunado contra la rabia y no tiene enfermedades infecciosas.
Mediante la norma, se prohíbe la realización de cualquier tipo de práctica que implique la remoción de garras en felinos, a menos que sea por propósitos de salud.
No se permiten estas intervenciones por motivos estéticos. Las sanciones para un profesional de la salud que lo realice únicamente por pedido del dueño puede sufrir multas y hasta perder su licencia.
La ley establece que los técnicos y asistentes veterinarios registrados podrán ofrecer servicios de salud animal en refugios públicos y privados.
Para esto, deberán contar con las direcciones de un profesional, que pueden brindarse tanto presencialmente como mediante una comunicación telefónica o por escrito. Además, podrán completar procedimientos dentales.
La norma los autoriza también a solicitar un registro para obtener pentobarbital sódico, que se utiliza en los procedimientos de eutanasia.
En línea con la ley anterior, la SB 602 de California permite que los veterinarios autoricen a técnicos para que actúen como sus representantes. Esto se habilita en casos de aplicación de vacunas preventivas o medicamentos comunes.
El técnico debe informar verbalmente o por escrito al cliente que actúa en representación y proporcionar el nombre y número de licencia del veterinario.


