¿Es posible que el SAT bloquee mi cuenta por incumplimientos fiscales? Esa fue una de las preguntas que surgió entre algunos contribuyentes al inicio del año, luego de falsas alertas y publicaciones difundidas en redes sociales sobre supuestas nuevas atribuciones del organismo.
Al respecto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) desmintió que a principios de 2026 realizara bloqueos masivos de cuentas bancarias por incumplimientos fiscales, como difundieron algunos medios.
El SAT aclaró que no cuenta con atribuciones para ejecutar este tipo de acciones y que tampoco incrementa sus fiscalizaciones “de manera arbitraria”.
“Tampoco realiza bloqueos inmediatos de cuentas de usuarios con supuestos incumplimientos fiscales o irregularidades en movimientos bancarios”, se lee en la tarjeta informativa publicada este 17 de enero.
Aunque no puede hacerlo de forma masiva, el SAT sí puede solicitar el congelamiento de cuentas bancarias en casos específicos y bajo el marco de la ley, cuando detecta irregularidades como:
La polémica sobre las supuestas nuevas atribuciones del SAT no es reciente. Desde diciembre de 2025, tras modificaciones al Código Fiscal de la Federación, el organismo desmintió que pudiera congelar cuentas bancarias o iniciar procesos penales solo por sospechas contra contribuyentes.
El SAT explicó que los cambios legales buscan reforzar el combate a la evasión fiscal, así como brindar certidumbre jurídica y equidad entre los contribuyentes.
Además, una de las prioridades de las autoridades con las reformas aprobadas es el combate a las empresas factureras.
El SAT dio a conocer criterios para determinar cuándo un contribuyente puede quedar sujeto a una auditoría o a un esquema de mayor vigilancia fiscal, entre ellos:
A la par, el SAT alcaró que las revisiones no se realizarán de manera aleatoria, sino que estarán basadas en el análisis de los movimientos e inconsistencias.


