El Gobierno oficializó este martes las pautas de distribución y ejecución del Presupuesto 2026, que establecen cómo se asignan y administran los recursos del Estado a lo largo del año.
La norma, publicada en el Boletín Oficial mediante la Decisión Administrativa 1/2026, no crea nuevos gastos ni impuestos, sino que organiza cómo se usan los fondos ya aprobados por el Congreso en la Ley de Presupuesto 27.798.
En términos prácticos, la medida define cómo se distribuyen los créditos presupuestarios, quién puede modificarlos, qué controles rigen sobre el personal, cómo se financian las empresas públicas y qué requisitos deben cumplirse para ejecutar obras e inversiones.
La decisión entró en vigencia con su publicación y fija reglas que se aplican a lo largo de todo el año, con efectos concretos sobre la gestión cotidiana de los ministerios y organismos.
La normativa distribuye formalmente todos los gastos e ingresos previstos para 2026, tanto corrientes como de capital, junto con las fuentes de financiamiento, aplicaciones financieras y contribuciones figurativas.
La norma define además cuántos cargos y horas de cátedra corresponden a cada jurisdicción del Estado y contempla cambios institucionales recientes. Uno de ellos es la incorporación de la ex Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) al Ministerio de Salud, con el traspaso de fondos, bienes y personal y la garantía de continuidad de los servicios.
Para cubrir cargos vacantes, los organismos deberán certificar obligatoriamente que el puesto está libre y que cuenta con financiamiento, lo que limita nuevas incorporaciones sin respaldo presupuestario.
Uno de los ejes centrales es el seguimiento del personal. De acuerdo con la normativa, todas las jurisdicciones y entidades deben informar trimestralmente la evolución de sus plantas y contrataciones, cualquiera sea su modalidad o fuente de financiamiento.
En el caso de cargos ejecutivos y funciones jerárquicas, la norma endurece el control: la creación, modificación o eliminación de estos puestos requiere aprobación directa del Presidente, con intervención previa de las áreas de Transformación del Estado y de Hacienda.
Además, cada pedido debe incluir un análisis de costos y su financiamiento.
La decisión fija un cronograma obligatorio de contribuciones al Tesoro Nacional para los organismos del Sector Público Nacional alcanzados por el presupuesto, que incluyen:
Esos aportes deberán realizarse en cuatro cuotas iguales a lo largo de 2026, con vencimientos en marzo, junio, septiembre y diciembre.
Además, la norma establece que los remanentes de recursos no utilizados durante 2025 deberán reintegrarse a la Tesorería General de la Nación antes del 30 de octubre de 2026, salvo que exista una ley que autorice otro destino.
La prórroga del plazo quedará sujeta a una decisión fundada de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.
La norma establece que una parte de los gastos del 2026 tiene carácter indicativo, lo que significa que no funciona como un tope rígido, sino como una referencia que puede ajustarse dentro de los límites generales autorizados. Este esquema otorga mayor flexibilidad en la ejecución presupuestaria a lo largo del año.
Entre estos se incluyen:
También tienen este carácter las asignaciones por programa, obra y distribución geográfica, lo que habilita ajustes durante 2026.
La norma establece reglas específicas para los gastos vinculados a inteligencia, incluidos los gastos reservados. En estos casos, cualquier modificación o reprogramación del presupuesto requiere la conformidad previa de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), antes de avanzar con cambios en los créditos asignados.
En paralelo, la norma habilita a la Oficina Nacional de Presupuesto a realizar ajustes menores en la ejecución del gasto, sin necesidad de una decisión política de mayor nivel. Estos cambios solo pueden hacerse dentro de un límite de hasta $ 50 millones por trimestre.
Cuando el monto es mayor, o cuando el ajuste implica cambiar el destino del gasto, la decisión debe ser aprobada por una autoridad superior.
La decisión administrativa refuerza los controles sobre qué se hace efectivamente con los fondos públicos y no solo sobre cuánto se gasta. Para eso, los organismos del Estado deben informar de manera periódica el avance real de sus programas y proyectos.
En concreto, cada jurisdicción debe presentar:
Si un organismo incumple de forma reiterada con el envío de esta información, la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía queda habilitada a no dar curso a las órdenes de pago.
Además, la norma establece que no se pueden contratar obras ni realizar compras de bienes de uso, como maquinaria, equipamiento, vehículos o infraestructura, sin una evaluación favorable de la Dirección Nacional de Inversión Pública, lo que condiciona el inicio de nuevos proyectos durante 2026.
La normativa establece que el financiamiento a las empresas públicas no financieras se realizará de forma centralizada, con el objetivo de reforzar el control sobre el uso de los fondos.
Esto significa que toda asistencia con recursos del Tesoro Nacional -transferencias, aportes de capital o préstamos reintegrables- deberá canalizarse por una única vía, la Jurisdicción 91 (Obligaciones a cargo del Tesoro).
Este esquema evita la dispersión de partidas entre distintos ministerios y facilita el seguimiento de los recursos.


