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La causa por la mansión de Pilar ligada a la AFA se investigará en la Justicia de Campana

2026/01/21 05:05
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La Cámara Federal de San Martín definió este martes que la causa por presunto lavado de activos que involucra a Luciano Nicolás Pantano y otros imputados continúe en el Juzgado Federal de Campana. El expediente está centrado en bienes de alto valor localizados en el Partido de Pilar y la resolución puso fin a una disputa de competencia con el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 10, con sede en la Ciudad de Buenos Aires.

La decisión lleva la firma del camarista Alberto Agustín Lugones y respondió a un planteo del juzgado bonaerense, que había solicitado hacerse cargo del caso al sostener que los hechos bajo investigación se desarrollaron en su jurisdicción.

El inmueble investigado

De acuerdo con la denuncia, el núcleo del expediente es un inmueble de gran valuación en la localidad de Villa Rosa, donde se habrían canalizado fondos presuntamente ilícitos para la adquisición y el mantenimiento de distintos activos de lujo. En ese predio, según consta en las actuaciones, habría vehículos de colección, un haras con caballos árabes y pura sangre, una pista de entrenamiento equino, un helipuerto y varias instalaciones deportivas.

Para el tribunal, estos elementos resultan centrales a la hora de fijar la competencia territorial, ya que el supuesto lavado de activos se habría concretado en Pilar a partir de la inversión y sostenimiento de esos bienes.

La AFA y la demora en definir la competencia

El Juzgado en lo Penal Económico se había resistido a declinar su intervención al considerar que el eje de las conductas investigadas estaba vinculado con la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), cuyo domicilio histórico se encontraba en la Ciudad de Buenos Aires, y que el delito precedente sería una administración fraudulenta en perjuicio de la entidad.

No obstante, la Cámara destacó que desde el 15 de noviembre de 2024 la AFA formalizó el traslado de su domicilio legal a la calle Mercedes, en la localidad de Pilar, un dato que terminó de inclinar la balanza a favor de la jurisdicción bonaerense. En ese marco, Lugones también cuestionó la demora en resolver el conflicto y advirtió que la falta de una definición temprana sobre el juez natural afectó garantías constitucionales, pese a observaciones previas de otros tribunales.

El fallo concluyó que razones de celeridad y de adecuada administración de justicia hacen necesario que la investigación continúe en Campana, en resguardo de la garantía del juez natural consagrada en el artículo 18 de la Constitución Nacional.

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