ARCA extiende hasta fines de 2026 un beneficio para las microempresasARCA extiende hasta fines de 2026 un beneficio para las microempresas

Alivio fiscal: ARCA extiende hasta fines de 2026 un beneficio para las microempresas

2026/01/21 22:04
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El Gobierno decidió extender la vigencia de uno de los principales beneficios fiscales orientados a reducir el costo laboral no salarial de las compañías más chicas del país. Este miércoles, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que las microempresas podrán continuar utilizando una parte de lo abonado por el impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias —también conocido como impuesto al cheque— como pago a cuenta de las contribuciones patronales.

Originalmente, la medida tenía fecha de vencimiento el cierre del año pasado. Sin embargo, a través de la Resolución 5817, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, se estableció que el beneficio regirá para las remuneraciones que devengaron entre agosto de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2026.

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La normativa establece una mecánica específica para el cómputo de este alivio financiero, permitiendo que los empleadores encuadrados en la categoría de microempresa tomen hasta un 30% del impuesto al cheque efectivamente ingresado y lo destinen a cancelar hasta el 15% de las obligaciones con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Esta herramienta había sido implementada por primera vez mediante el Decreto 394 de 2023 y, tras sucesivas prórrogas, el Ejecutivo consideró que “subsisten los motivos que impulsaron el otorgamiento del beneficio”.

Se estableció que el beneficio regirá para las remuneraciones que devengaron entre agosto de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2026.

Para acceder al beneficio, los contribuyentes deberán realizar la determinación nominativa de los aportes y contribuciones a la seguridad social utilizando el sistema informático “Declaración en línea”, específicamente a través del release 5 de la versión 47, que ya se encuentra disponible en el sitio web institucional del organismo recaudador y al que se accede con Clave Fiscal.

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El cómputo del pago a cuenta sólo procederá respecto del importe percibido en concepto de Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias durante el período mensual devengado de las contribuciones que se pretenden cancelar, no pudiendo aplicarse saldos de otros períodos.

Esta decisión busca dar previsibilidad a la estructura de costos de las microempresas, un segmento sensible a la presión tributaria, permitiéndoles recuperar parte de un gravamen distorsivo como el impuesto al cheque mediante su aplicación directa al pago de cargas sociales. La medida entra en vigencia de forma inmediata a partir de su publicación.

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