Con la reglamentación del régimen de Inocencia Fiscal este lunes, el Gobierno activó el nuevo esquema que permite a determinados contribuyentes utilizar ahorrosCon la reglamentación del régimen de Inocencia Fiscal este lunes, el Gobierno activó el nuevo esquema que permite a determinados contribuyentes utilizar ahorros

Inocencia fiscal: por qué tiene los mismos efectos que un blanqueo y los dos detalles que hay que tener en cuenta, según César Litvin

2026/02/10 21:38
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Con la reglamentación del régimen de Inocencia Fiscal este lunes, el Gobierno activó el nuevo esquema que permite a determinados contribuyentes utilizar ahorros no declarados sin consecuencias fiscales.

De acuerdo con las autoridades, la medida -que quedó establecida a través del Decreto 93/2026 y forma parte de la Ley 27.799- busca incentivar la formalización de fondos fuera del sistema, sacar los “dólares del colchón” y reducir la carga de control sobre quienes cumplan con sus obligaciones tributarias a futuro.

En este contexto, el tributarista César Litvin explicó en declaraciones a Radio La Red por qué esta normativa funciona como un “blanqueo permanente” y cuáles son los dos detalles claves que deben tener en cuenta todos los interesados en adherirse.

Por qué el régimen tiene los mismos efectos que un blanqueo

Según explicó Litvin, el nuevo esquema establece un bloqueo legal sobre el pasado tributario de quienes se adhieran correctamente al nuevo Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, creado por la nueva ley, y presenten su declaración jurada en tiempo y forma.

“A partir de ese momento se genera un tapón fiscal hacia atrás”, afirmó Litvin. De esta forma, ARCA no puede fiscalizar ni determinar diferencias impositivas correspondientes a ejercicios anteriores.

El especialista detalló que la norma impide aplicar la figura del incremento patrimonial no justificado, es decir, que el fisco presuma evasión cuando una persona muestra un aumento de bienes o gastos que no coincide con sus ingresos declarados, incluso cuando el organismo cruce información con otros impuestos.

Compren con los dólares del colchón, compren bienes, vayan a pasear con esos dólares y no va a haber inconveniente”, señaló.

Por ese motivo, Litvin fue explícito al comparar ambos mecanismos: “Tiene los mismos efectos que un blanqueo”, aunque aclaró que no se trata de una ventana excepcional, sino de un régimen permanente condicionado al cumplimiento futuro.

La medida busca sacar los “dólares del colchón” y reducir la carga de control sobre quienes cumplan con sus obligaciones fiscales a futuro.

Los dos detalles clave que hay que tener en cuenta

De acuerdo con Litvin, el alcance del régimen de Inocencia Fiscal está determinado por dos condiciones centrales: quiénes pueden adherir al esquema y quiénes quedan excluidos por nivel de ingresos o patrimonio.

1. Solo aplica a quienes adhieran al Régimen Simplificado de Ganancias

El tributarista aclaró que el beneficio no es automático. La posibilidad de utilizar ahorros no declarados sin consecuencias fiscales está directamente vinculada a la adhesión voluntaria al nuevo régimen.

“Los que pueden usar los dólares del colchón sin ningún tipo de consecuencia son los que están inscriptos en Ganancias y se adhieran voluntariamente al Régimen Simplificado”, explicó. Quienes no ingresen en ese esquema continúan sujetos a los controles habituales del fisco.

Dentro de este régimen, la declaración jurada será preliquidada por la ARCA y se limitará a una cuenta básica de ingresos menos gastos deducibles. El contribuyente no deberá informar su patrimonio, sus consumos ni sus gastos personales, datos que hasta ahora formaban parte de los controles fiscales.

Litvin advirtió que el beneficio está condicionado al cumplimiento futuro: “Si deja de pagar, paga mal o paga de menos en más de un 15%, pierde ese beneficio”.

2. Hay contribuyentes que no pueden adherir al régimen

El segundo punto clave es que el esquema excluye expresamente a los grandes contribuyentes nacionales. No pueden adherir quienes tengan ingresos superiores a 1000 millones de pesos anuales o un patrimonio mayor a 10.000 millones de pesos al cierre de cada ejercicio.

“Acá quedan afuera de este régimen y no tienen posibilidades de usar los dólares sin consecuencias los grandes contribuyentes”, señaló el tributarista. Para ese universo, el uso de fondos no declarados mantiene las consecuencias fiscales habituales.

El contribuyente no deberá informar su patrimonio, sus consumos ni sus gastos personales, datos que hasta ahora formaban parte de los controles fiscales. Fuente: archivo.

Inocencia fiscal: una advertencia para los monotributistas

El especialista puso especial atención en el caso de los monotributistas. Según explicó, el régimen no está previsto para ellos, salvo que opten por cambiar su encuadre y pasar al Régimen Simplificado de Ganancias.

“Quiero poner un énfasis: atención, porque no está previsto para el monotributista”, señaló. El cambio puede implicar un aumento en la carga tributaria y tiene una consecuencia adicional: quien deja el monotributo no puede volver durante tres años.

Por ese motivo, Litvin recomendó evaluar cada situación con un profesional antes de tomar la decisión, ya que el impacto puede ser relevante en el ingreso disponible.

Datos clave del nuevo encuadre penal y la advertencia final de Litvin

La reglamentación del nuevo régimen eleva los umbrales penales y acorta los plazos de prescripción. La evasión simple solo configura delito a partir de los 100 millones de pesos y la evasión agravada desde los 1.000 millones, mientras que el plazo de prescripción baja de cinco a tres años.

La norma también establece que, ante un incumplimiento, el contribuyente podrá regularizar su situación pagando la deuda sin enfrentar automáticamente una causa penal, salvo en los casos de mayor gravedad. La ARCA podrá dejar sin efecto la protección solo si detecta diferencias superiores al 15% de lo declarado, montos que superen los umbrales penales o el uso de documentación apócrifa.

En este marco, Litvin cerró su análisis con una recomendación directa para los contribuyentes alcanzados por el régimen: “Si estás en condiciones, de cabeza al Régimen Simplificado”.

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