La Comisión de bolsa y valores de EE.UU. (SEC) ha rescindido su política de no negación de larga data, poniendo fin a una norma que exigía a los demandados que llegaban a acuerdos en casos de cumplimiento comprometerse a no negar públicamente las alegaciones de la agencia.
La política, codificada como Regla 202.5(e), había estado vigente durante más de cinco décadas. Bajo esta norma, la SEC no resolvería una acción de cumplimiento que implicara sanciones a menos que el demandado o el recurrente acordara no disputar públicamente las reclamaciones de la denuncia o la orden administrativa.

La SEC señaló que el cambio otorga a la agencia mayor flexibilidad para resolver acciones de cumplimiento y la alinea con la mayoría de las demás agencias federales, que no utilizan una condición de acuerdo similar.
El presidente de la SEC, Paul S. Atkins, afirmó que la rescisión refleja el papel del discurso crítico hacia el gobierno en la tradición jurídica estadounidense. Señaló que la agencia había condicionado los acuerdos durante más de 50 años a que los demandados aceptaran no negar las alegaciones, y que dicha política llegaría ahora a su fin.
La SEC también indicó que la norma pudo haber generado la impresión errónea de que la agencia intentaba protegerse de las críticas. La comisión señaló que las negaciones públicas tras los acuerdos pueden tener un efecto limitado en el interés público en muchos casos.
La agencia afirmó que rescindir la política podría contribuir a conservar recursos, generar mayor certeza en los acuerdos y potencialmente acelerar la devolución de fondos a los inversores perjudicados.
La SEC declaró que no hará cumplir las disposiciones de no negación existentes que fueron incluidas en acuerdos anteriores. Esto significa que las partes que previamente llegaron a acuerdos en casos de cumplimiento de la SEC no enfrentarán acciones por parte de la agencia si niegan públicamente las alegaciones cubiertas por dichas disposiciones.
La comisión también indicó que no solicitará a un tribunal de distrito que anule un acuerdo ni que reabra un procedimiento administrativo basándose en el incumplimiento de una cláusula de no negación existente.
Según la SEC, no existe ningún caso conocido en el que la agencia haya intentado reabrir un asunto civil o administrativo porque un demandado violara una disposición de no negación.
El cambio de política se produce mientras Powell v. SEC, un desafío constitucional a la norma de no negación, estaba pendiente ante el Tribunal Supremo de EE.UU. Los críticos de la antigua política habían argumentado que restringía los derechos de la Primera Enmienda al impedir que los demandados que llegaban a acuerdos pudieran refutar públicamente las alegaciones del gobierno.
La SEC afirmó que la rescisión no modifica su capacidad para negociar admisiones de hechos o responsabilidad en los acuerdos. La agencia generalmente permite a los demandados llegar a acuerdos sin admitir ni negar las alegaciones, aunque puede seguir solicitando admisiones cuando lo considere oportuno.
El cambio únicamente elimina el requisito de que las partes que llegan a un acuerdo guarden silencio sobre la impugnación de las alegaciones de la SEC una vez alcanzado el acuerdo.
Los grupos de libertades civiles y de defensa acogieron favorablemente la decisión. Organizaciones como la New Civil Liberties Alliance y la American Securities Association habían criticado la política de no negación como una forma de silencio impuesto a los demandados que resuelven casos para evitar litigios largos y costosos.
Algunos grupos de protección de inversores expresaron preocupaciones sobre el cambio. Better Markets, una organización de política financiera, argumentó que eliminar la norma podría favorecer a los demandados en casos de cumplimiento y debilitar las protecciones para los inversores perjudicados por conductas indebidas.
La decisión de la SEC marca un cambio importante en la política de acuerdos de cumplimiento. Los futuros acuerdos de la SEC podrán seguir incluyendo sanciones, órdenes judiciales, inhabilitaciones del sector, devolución de ganancias u otras medidas correctivas, pero los demandados ya no estarán obligados bajo la Regla 202.5(e) a evitar negaciones públicas de las alegaciones de la agencia.
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