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MANILA, Filipinas – Nada menos que el Colegio Integrado de Abogados de Filipinas (IBP) y los decanos de varias facultades de derecho del país confirmaron que el quórum del Senado del 3 de junio, compuesto por 12 senadores, era válido y legal.
"Este fallo Avelino enfatiza un enfoque práctico: la Constitución debe interpretarse de manera que permita al Senado funcionar, y no ser bloqueado por la ausencia de miembros que de manera realista no pueden ser obligados a asistir", dijo el IBP en un comunicado el jueves, 4 de junio.
El IBP es la organización nacional oficial y obligatoria para los abogados filipinos.
Tras quedar paralizado debido a la decisión de la entonces mayoría de saltarse las sesiones y evitar alcanzar el quórum, el Senado finalmente alcanzó el número requerido para funcionar el 3 de junio, cuando el senador Chiz Escudero se presentó en la cámara alta para unirse al entonces bloque minoritario en la sesión.
Una vez que el Senado alcanzó el quórum, es decir, el número mínimo de senadores presentes para realizar negocios oficiales, los senadores procedieron a declarar vacantes todos los cargos y eligieron al senador Win Gatchalian como presidente pro tempore del Senado (en esencia, presidente en funciones del Senado), así como a los nuevos presidentes de las comisiones.
La base del bloque Gatchalian es el caso del Tribunal Supremo (TS) de 1949, Avelino v. Cuenco, en el que el TS sostuvo que el quórum de 12, durante una sesión del Senado el 21 de febrero de 1949, era legal. El TS explicó que en ese momento, 12 era suficiente para alcanzar el quórum porque los senadores disponibles entonces eran solo 23, no 24.
El TS, en su fallo, explicó que la expresión "mayoría de cada Cámara" en la Constitución para alcanzar el quórum no significa "todos" los miembros. Por lo tanto, al calcular el número requerido para alcanzar el quórum, el Senado considera el número de miembros disponibles, no todos sus miembros.
El IBP explicó que la doctrina Avelino era aplicable a la sesión del 3 de junio.
Señaló que dos senadores —el senador Bato dela Rosa, sospechoso ante la Corte Penal Internacional, y el senador Jinggoy Estrada, detenido en Payatas— no pueden ser obligados por el Senado a estar presentes durante sus sesiones. El Senado tiene esta potestad denominada jurisdicción coercitiva, bajo el Artículo VI, Sección 16(2) de la Constitución de 1987, que permite a las cámaras legislativas obligar a la asistencia de sus miembros.
Y dado que Dela Rosa y Estrada no están bajo esta jurisdicción coercitiva, no pueden ser incluidos en el cómputo del quórum.
"Con su exclusión, el número total de senadores considerados disponibles era veintidós (22). Doce (12) senadores constituyeron por lo tanto una mayoría de los disponibles, y así se constituyó un quórum válido para que el Senado condujera negocios oficiales", dijo el IBP.
"En resumen, la sesión del Senado del 3 de junio de 2026 fue lícita y válida siguiendo la doctrina Avelino porque se constituyó un quórum de 12 senadores. Todos los actos, resoluciones y decisiones tomadas por el Senado durante su sesión del 3 de junio de 2026 se presumen actos oficiales del Senado filipino siguiendo la presunción de regularidad en el desempeño de las funciones oficiales", añadió.
En un comunicado conjunto, decanos y profesores de varias facultades de derecho, incluidos el magistrado jubilado del Tribunal Supremo Adolf Azcuna y el arzobispo de Lingayen-Dagupan Sócrates Villegas, dijeron que el bloque Gatchalian interpretó correctamente que los senadores bajo la jurisdicción coercitiva del Senado eran solo 22.
"Insistir en que él (Dela Rosa) debe ser contado para determinar una mayoría a efectos de quórum es otorgar a alguien que evade el arresto y los procesos legales, y que deliberadamente se pone fuera del alcance de cualquier coacción legal, el poder de tomar como rehén a toda la legislatura. Es una elección entre la insistencia en los números frente al funcionamiento del Poder Legislativo del gobierno", dijeron los expertos legales.
También reiteraron que no era la primera vez que ocurría un quórum de 12, señalando que 12 senadores también alcanzaron quórum durante una sesión el 5 de mayo de 2015.
"Cuando la Constitución exige una 'mayoría de cada Cámara', contempla una mayoría de los miembros que realmente deliberan y votan sobre las medidas", explicaron.
Los expertos legales también desmintieron el malentendido de que el número estándar para el quórum es 12: "Supóngase ex hypothesi que un senador ha fallecido, y tendríamos la misma situación en la que 12 se presentan a una sesión y 11 no, ¿se insistiría en que 24 sigue siendo el número de referencia para determinar el quórum?"
También explicaron que la doctrina Avelino sigue aplicándose en la actualidad porque en aquel momento los senadores eran 24, y la composición actual sigue siendo la misma.
"Por lo tanto, cualquier norma establecida con respecto al quórum en el caso Avelino sigue aplicándose porque la composición del Senado no ha cambiado", añadieron los expertos legales. – Rappler.com


