En Brownsville, Texas, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos informó que incautó un total de 70.000 dólares de un cargamento que quería atravesar la frontera. La agencia descubrió el paquete gracias al trabajo de la unidad canina.
Según el comunicado del ente gubernamental, los uniformados dieron con US$70.749 no declarados gracias a la intervención del equipo canino y de un sistema de inspección no intrusivo.
El vehículo fue remitido a una revisión secundaria y allí fue cuando los agentes descubrieron la gran cantidad de dinero no declarado. Todo ocurrió el 18 de noviembre de 2025 en el Puente Internacional Gateway.
El vehículo circulaba hacia el sur y fue seleccionado a modo de rutina por los oficiales. El efectivo fue confiscado y ahora el caso quedó en manos de los oficiales especiales de Investigaciones de Seguridad Nacional.
Tater Ortiz, director del puerto de entrada de Brownsville, sostuvo: “Las funciones de los oficiales de la CBP no solo implican inspeccionar el tráfico entrante, sino también detener el transporte de grandes cantidades de divisas no declaradas, que a menudo son producto de actividades ilícitas, y sus esfuerzos condujeron a esta incautación de divisas no declaradas”.
La entidad federal aseguró que no es ilegal transportar más de US$10.000 al entrar o salir de EE. UU., siempre y cuando hayan sido declarados previamente ante las autoridades por su portador.
En este caso ocurrido en Brownsville, la persona no había informado que llevaba un monto superior al límite, y por eso inmediatamente cometió un delito federal.
“No declararlos puede resultar en la confiscación de las divisas y/o el arresto. Una persona puede solicitar la devolución de las divisas confiscadas por agentes de la CBP, pero el solicitante debe demostrar que el origen y el uso previsto de las mismas eran legítimos”, explica el organismo.
Según la CBP, cualquier persona que lleve, envíe o reciba divisas o instrumentos monetarios por un total superior a US$10.000 a la vez, ya sea dentro o fuera de los Estados Unidos, debe declararlos.
Este requisito incluye a quienes transporten por correo o remiten los artículos para sí mismos, o en nombre de otra persona o empresa. A su vez, cuando se trata de familias o grupos, el límite de US$10.000 se aplica al monto total que transportan o envían colectivamente, no por individuo.
En el caso de los transportistas comunes de mercancías, también están sujetos a esta regla, a menos que el remitente indique explícitamente que el envío contiene divisas o instrumentos monetarios.
Para presentar la declaración, se necesita completar el Formulario FinCEN 105, y hay diferentes maneras:
Según el sitio oficial del gobierno estadounidense, los viajeros pueden llevar cualquier cantidad de dinero consigo cuando ingresen o salgan de EE.UU., pero siempre deben declararlo cuando el monto exceda los US$10.000.
En la normativa, están incluidos los siguientes instrumentos monetarios:


