Los procesos para obtener beneficios migratorios en EE.UU. están regulados, en su mayoría, por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés). La agencia dispone de reglas para cada parte del procedimiento, como las firmas, que con solo un detalle pueden hacer que el trámite sea rechazado o invalidado.
La agencia también advierte que con el objetivo de mantener la integridad del sistema de beneficios migratorios y validar la identidad de los solicitantes, rechaza cualquier solicitud con una firma incorrecta.
El Uscis no acepta firmas creadas con máquina de escribir, procesador de textos, sello, bolígrafo automático ni dispositivo similar. Además, considera inaceptable aquellas con estas características:
El organismo no ofrece la posibilidad de corregir una firma defectuosa. Sin embargo, el solicitante puede de volver a presentar el formulario con una válida. Siempre que se cumplan todos los demás requisitos de presentación, incluido el pago de la tarifa correspondiente.
Cuando se acepta una solicitud de adjudicación y posteriormente se determina que la firma es incorrecta, se rechaza el trámite y se podría necesitar información adicional para confirmar la identidad del solicitante.
En el caso de estar autorizado a firmar en nombre de otra persona, corporación u otra entidad legal, se puede emitir una Solicitud de Evidencia (RFE, por sus siglas en inglés) o un Aviso de Intención de Denegar (NOID) para confirmar que dicha autoridad existía en el momento en que se presentó el documento.
Para establecer una firma como aceptable, los funcionarios deben revisar las regulaciones, las instrucciones del formulario y las políticas aplicables.
En general, una rúbrica válida para la agencia no necesita ser legible ni estar en inglés, y puede abreviarse siempre que sea coherente con la forma en que la persona firma habitualmente. También se considera aceptable:
Para las solicitudes de beneficios presentadas vía web, según lo permitan las instrucciones del formulario, se aceptan firmas electrónicas. Los peticionarios deben seguir las instrucciones proporcionadas.
El Uscis aclara que una rúbrica correcta y aceptable consiste en cualquier marca o signo manuscrito realizado por una persona para significar lo siguiente:


