El Uscis puede considerar abandono de estatus en viajes de menos de un año cuando se cree que el residente permanente no tenía la intención de establecerse en EE.UU.El Uscis puede considerar abandono de estatus en viajes de menos de un año cuando se cree que el residente permanente no tenía la intención de establecerse en EE.UU.

Qué es la presunción de abandono de estatus y por qué puede afectar a los migrantes que salen de EE.UU. con green card

2025/11/24 17:00
Lectura de 3 min
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Después de haber obtenido la residencia permanente legal, el beneficiario tiene la responsabilidad de conservar el estatus. En ese sentido, la presunción de abandono puede afectar a quienes tienen green card, viajan al extranjero y desean regresar a Estados Unidos.

Abandono de estatus para los migrantes que viajan fuera de EE.UU.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) explica que la admisión al país no está garantizada, incluso si se tiene los documentos apropiados. El migrante estará sujeto a una inspección o examinación en un puerto de entrada para determinar su elegibilidad.

A  los migrantes que planean ausentarse de Estados Unidos, se les recomienda solicitar primero un permiso de reingreso

La agencia también señala que para un no inmigrante, si fue admitido y presentó el Formulario I-539 para cambiar de estatus, generalmente se considera que abandonó el proceso al salir del país antes de que se tome una decisión sobre la solicitud.

Para quienes tienen presencia ilegal o una orden de remoción, es posible que se le considere inadmisibles si solicitan la admisión después de salir de Estados Unidos, incluso si tiene un documento de viaje.

Cómo afecta la presunción de abandono de estatus a quienes tienen green card

El Uscis señala que si se determina que el titular de una green card no tenía la intención de establecerse permanentemente en Estados Unidos, se considerará que ha abandonado su estatus y un criterio para determinarlo es si ha estado ausente por más de un año.

También se puede considerar abandono en viajes de menos de un año cuando se cree que no tenía la intención de establecerse permanentemente en EE.UU.

Los residentes permanentes pueden viajar libremente fuera de Estados Unidos, y los viajes temporales generalmente no afectan su estatus

Al igual que otros migrantes que regresan de un viaje al extranjero, los residentes permanentes deben pasar por una inspección por parte de un agente de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) quien puede considerar criterios como:

  • Si la intención era viajar solo temporalmente.
  • Si se mantuvieron vínculos familiares y comunitarios en Estados Unidos.
  • Si se mantuvo un empleo en EE.UU.
  • Si el residente presentó declaraciones de impuestos sobre la renta.
  • Si demostró de alguna manera la intención de regresar a Estados Unidos como su hogar permanente.
  • Si mantuvo una dirección postal, cuentas bancarias y una licencia de conducir válida.
  • Si posee propiedades o dirige un negocio en EE.UU.
  • Cualquier otra evidencia que respalde la naturaleza temporal de la ausencia.

Además, las ausencias de Estados Unidos de seis meses o más pueden interrumpir la residencia continua, un requisito indispensable para el trámite de la ciudadanía a través de la naturalización.

Un agente de la CBP está autorizado para hacer una inspección y determinar la elegibilidad del migrante para entrar a EE.UU.

Qué hacer si se planea salir de EE.UU. por más de un año

Para aquellos con green card que planean ausentarse de Estados Unidos por más de un año, se recomienda solicitar primero un permiso de reingreso mediante el Formulario I-131. El documento permite a los residentes permanentes solicitar la admisión al país durante la vigencia del mismo.

Sin embargo, el Uscis advierte “que esto no garantiza la entrada” a su regreso, ya que primero debe determinarse su admisibilidad; sin embargo, ayudará a demostrar la intención de residir permanentemente en EE.UU.

La agencia destaca que si se permanece fuera del país norteamericano por más de dos años, cualquier permiso de reingreso otorgado antes de la salida habrá expirado.

En este caso, se recomienda solicitar una visa de residente que regresa (SB-1) en la Embajada o el Consulado de Estados Unidos más cercano.

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