Con el fin de 2025 en el horizonte, los argentinos ya están atentos a los feriados de 2026 para planificar días extra de descanso y posibles fines de semana largos.
Este lunes 29 de diciembre la Jefatura de Gabinete publicó en su sitio oficial el calendario de feriados 2026 oficial. Este incluye el listado con todos los asuetos nacionales, tanto inamovibles y trasladables, que detallan en la ley 27.399, conocida como “Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana”. También considera los días no laborables que habrá en el año entrante.
A su vez, el pasado viernes 26 de diciembre el Gobierno dispuso la incorporación de tres días no laborables con fines turísticos en el calendario oficial de 2026. La medida se estableció a través de la Resolución 164/2025 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, publicada en el Boletín Oficial con la firma del Jefe de Gabinete, Manuel Adorni. Estableció como días no laborables el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre del próximo año, con el objetivo de fomentar el turismo interno al ofrecer diferentes instancias del año para tener un período extendido de descanso.
Según la ley 27399, el Poder Ejecutivo puede mover feriados trasladables y establecer hasta tres “días puente” para crear fines de semana extendidos con fines turísticos. Es por ello que se determinaron los días no laborables para 2026.
La ley 20.744 o de Contrato de Trabajo precisa en el artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Mientras que en el 182 explica que los días no laborables son optativos para el empleador.
En el caso de los feriados nacionales rigen las normas de descanso dominical. Es decir, que en caso de que el empleado preste sus servicios durante el feriado, deberá cobrar el doble de una jornada habitual. Mientras que en los días no laborables, el empleador tendrá la opción de elegir si se trabaja y, si decide hacerlo, el empleado percibirá su salario simple.
El feriado nacional deberá abonarse el doble de una jornada habitual, mientras que en un día no laborable su remuneración es como la del salario simple.
Vale recordar que los feriados inamovibles son asuetos nacionales que no pueden trasladarse de fecha, sin importar en qué día de la semana caigan.
Respecto de los feriados trasladables, si bien la ley permite que se corran de día para generar fines de semana largos y fomentar el turismo, el Gobierno aún no definió qué sucederá con ellos.
En tanto, los días no laborables son fechas que queda a discreción del empleador si los trabajadores deben asistir a su puesto de trabajo.


