Luego de la derogación de la ley de alquileres -a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei, en diciembre de 2023-, se abrió el juego para definir la forma en la que se actualizan los contratos. Una de las opciones más utilizadas a la hora de ajustarlos es a través de los datos de la inflación nacional.
En este contexto y ante un mercado sin regulación, hay propietarios e inquilinos que están pactando los nuevos contratos por dos años, en pesos y con ajuste por inflación cada tres o cuatro meses, aunque aún hay algunos acuerdos que se ajustan por ICL o se fijan en dólares y no requieren ajustes. Para actualizar el precio del alquiler por inflación, el contrato puede establecer como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que todos los mediados de mes publica el Indec.
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A la hora de firmar el contrato, las partes también deben definir cada cuánto tiempo se realizará el ajuste por inflación, es decir, la periodicidad del ajuste. “Cuando hay alta inflación, como la que marcó los finales del 2023 e inicios del 2024, conviene que la indexación sea trimestral. En épocas normales la indexación podría ser cuatrimestral o semestral”, aconseja el Dr. Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina.
En internet existen múltiples opciones de calculadoras automáticas de inflación acumulada que toman como referencia los datos publicados por el Indec. Una de ellas es la de Chequeado, que es la que se usará como referencia en el siguiente procedimiento:
Por ejemplo, si se pactó un ajuste trimestral, para un alquiler de $650.000 iniciado el 11 de septiembre de 2025 que debe ajustarse en diciembre, se toma la inflación de los tres meses previos: septiembre (2,1%), octubre (2,3%) y noviembre (2,5%). Con esos valores, la inflación acumulada del período ronda el 7,05%, por lo que el alquiler pasaría a ser de $695.824 mensuales aproximadamente.
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En el caso de que se decida ajustar de forma manual, es importante destacar que no debe sumarse la inflación de cada uno de los meses, sino que se deben multiplicar las variaciones de inflación de cada mes y multiplicarse entre estas y el valor del alquiler, dado que se trata de la inflación acumulada del período.
Primero, hay que conocer cuál fue la inflación del período por el que se pretende ajustar el alquiler. Los pasos a seguir serían los siguientes:
Una vez ubicados los datos, los pasos para hacer la cuenta son los mencionados a continuación:
En un ejemplo concreto, si el 11 de noviembre se firmó un contrato de alquiler por $650.000 con ajuste trimestral por inflación, este debería actualizarse por primera vez en diciembre.
La variación mensual de la inflación en esos meses fue de:
Después de dividir cada porcentaje por cien y sumarle uno, la cuenta quedaría así:
650.000 x 1,021 x 1,023 x 1,025 = $695.886
Ese será el nuevo valor del alquiler para el trimestre siguiente.
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El resultado no siempre coincide con el cálculo realizado a través de la calculadora automática (chequeado.com), ya que las cifras publicadas mensualmente por el Indec están redondeadas (el número puede contener mayor cantidad de decimales que, al contemplarlos en la cuenta, pueden variar entre 100 y 300 pesos más el resultado final).


