Los residentes permanentes son libres de viajar fuera de EE.UU. Sin embargo, es importante que conozcan los documentos obligatorios que deben presentar como migrantes, sobre todo en esta temporada de Navidad o fin de año, cuando se incrementan las actividades en los puertos de entrada.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) precisa en su guía de viajes para residentes permanentes, que, en general, para viajar a otro país, el titular de la tarjeta verde deberá presentar:
El documento a usar si se busca entrar a Estados Unidos luego de un viaje en el extranjero será: la tarjeta de residente permanente o green card, válida y vigente.
Al llegar al puerto de entrada, un oficial de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) podría revisar otros documentos de identidad, como pasaporte o licencia de conducir emitida en EE.UU. Con la verificación, el oficial determinará si la persona es elegible para regresar.
La CBP también refiere que si bien no requiere el pasaporte como documento para confirmar la identidad en todos los casos, las aerolíneas pueden tener sus propios requisitos, por lo que aconseja consultar con la compañía antes de viajar.
Sin embargo, el Uscis advierte que si se determina que el migrante no tiene intención de residir permanentemente en EE.UU., se considerará que abandonó el beneficio.
Aunque los viajes breves al extranjero no deben presentar ningún problema para el estatus del residente, el oficial de inmigración en el puerto de entrada podría considerar otros criterios, como si mantuvo una relación con familiares y la comunidad, un empleo en EE.UU. o se pagan impuestos.
La dependencia también destaca que el abandono de estatus puede ocurrir en viajes de menos de un año, en los que se cree que la persona no tenía la intención de establecer a Estados Unidos como su residencia permanente.
De acuerdo con el Uscis, el titular de una green card que planifica estar ausente de Estados Unidos por más de un año, deberá solicitar, antes de salir, un Permiso de Reingreso mediante el Formulario I-131. Este permite solicitar admisión durante el tiempo de validez sin tener que obtener un visado.
Sin embargo, señala que si el periodo fuera de Estados Unidos es por más de dos años, cualquier permiso de reingreso concedido previo a la partida habrá expirado. En este caso, lo mejor será solicitar una visa de residente que regresa (SB-1) en la embajada estadounidense o consulado más cercano.
“Existe una excepción a este proceso para el cónyuge o hijo de un miembro de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos o un empleado civil del gobierno estadounidense destacado en el extranjero bajo órdenes oficiales”, de acuerdo con el Uscis.

