Las personas que adquirieron una deuda a través de medidas coercitivas no estarán obligadas a pagarlas, si pueden demostrarloLas personas que adquirieron una deuda a través de medidas coercitivas no estarán obligadas a pagarlas, si pueden demostrarlo

La nueva ley de Illinois sobre préstamos que beneficia a víctimas de estafas: entró en vigor el 1° de enero de 2026

2026/01/11 03:19
Lectura de 3 min
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El 1° de enero de 2026 entró en vigor en Illinois una ley firmada por J.B. Pritzker que puede beneficiar a miles de personas afectadas por estafas. En específico, la norma HB 3352 protege a quienes fueron obligados a asumir un préstamo sin dar consentimiento y los exime de la responsabilidad de pagarlo.

La ley de Illinois que impide el cobro de préstamos obtenidos por fraude

La nueva legislación que entró en vigor busca salvaguardar a los ciudadanos que adquirieron deudas por fraude, intimidación, abuso, coerción, influencia indebida o uso no consensuado de información personal, según indica el texto oficial. Fue presentada por la representante Kelly M. Cassidy y promulgada por el gobernador Pritzker el pasado 15 de agosto de 2025.

La ley de Illinois busca proteger a personas que adquirieron deudas bajo coacción

En la sección 9.6, la ley indica que un ciudadano no es responsable de ninguna deuda contraída bajo coacción. Por este motivo, si la persona consigue demostrarlo, no deberá abonar el dinero que debe. También contempla los casos relacionados con violencia doméstica o trata de personas.

Para comprobar que la deuda fue obtenida mediante coerción u otro de los motivos de la lista, deben presentarse un informe policial, una orden judicial o ciertos documentos que demuestren la coacción en ese proceso.

A su vez, es necesario proporcionar una declaración escrita ante la agencia de cobranza que incluya:

  • La identificación del crédito
  • La descripción de los hechos
  • Un método de contacto
  • Apoyo documental: reportes policiales o certificaciones de terceros calificados

Las responsabilidades de las agencias de cobro en Illinois ante la nueva ley

De acuerdo con el texto de la ley, después de recibir una declaración completa de deuda coaccionada, la empresa de cobranza debe:

  • Detener los esfuerzos de cobro dentro de los diez días posteriores.
  • Informar a las agencias de reporte de crédito que la deuda está en disputa.
  • Si se determina de buena fe que la deuda no fue coaccionada, notificarlo por escrito con la evidencia.
  • Si se determina que sí fue coaccionada, cesar todo intento de cobro y pedir la eliminación de información adversa de los informes de crédito.
Las agencias de cobranza deben tomar ciertas medidas al recibir un reclamo por préstamos obtenidos por fraude

Al recibir los documentos, se otorga un plazo de 90 días a la entidad para revisar las evidencias y determinar si se trata o no de una deuda coercitiva. En caso de un rechazo, la decisión de la agencia no es definitiva: si el ciudadano aún cree que obtuvo la deuda por coacción, puede presentar nuevos documentos.

Por otro lado, si una persona es hallada responsable de haber coaccionado al deudor a incurrir en esa deuda, puede ser civilmente responsable tanto frente a la agencia de cobranza como frente al propio deudor.

Esto implica que tendrá que indemnizarlo por daños reales, los pagos que ya realizó, los embargos que pueda sufrir o cualquier costo relacionado con la situación. En tanto, la compañía de cobranza no puede divulgar información al supuesto perpetrador.

Si una persona es hallada culpable de haber coaccionado a otra para obtener un préstamo, deberá indemnizarla

Sanciones por no respetar la nueva ley de Illinois que impide el cobro de préstamos obtenidos por fraude

La HB 3352 establece que “una agencia de cobranza que no cumpla con cualquiera de los requisitos de la sección 9.6, como no suspender el cobro o no revisar la declaración, es responsable ante el deudor” por daños reales y deberá responder por:

  • Los costos judiciales y los honorarios de abogados y representantes legales.
  • Hasta 2500 dólares por cada deuda.
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