A partir de ahora, el organismo fiscal confirmó que los bancos deberán informar acerca de movimientos financieros que pasen estos nuevos montos.A partir de ahora, el organismo fiscal confirmó que los bancos deberán informar acerca de movimientos financieros que pasen estos nuevos montos.

Cambian las transferencias: ARCA investigará a todos los que superen este nuevo límite de transacción

2026/01/14 21:44
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció nuevos cambios en el Régimen Informativo de Operaciones Financieras. Esta medida afecta directamente a bancos, agentes del mercado de capitales y fondos comunes de inversión, y busca mejorar la calidad de la información disponible para el fisco.

De esta manera, cambió el umbral para el reporte obligatorio que fija cuándo las entidades bancarias informarán acerca de movimientos financieros. Además, se eliminó la actualización automática de montos que era de forma semestral.

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¿A quiénes afecta la nueva medida en el régimen informativo de ARCA?

El nuevo cambio de ARCA en su Resolución General 5814/2026 afecta directamente a la Resolución General 4.298, en la que hay dos grupos importantes:

  • Entidades financieras alcanzadas por la Ley 21.526: personas o entidades públicas o privadas que de forma habitual intermedian entre oferta y demanda de recursos financieros (bancos, financieras, cajas de ahorro, casas de cambio, etc.).
  • Agentes de liquidación y compensación, agentes de colocación y distribución integral de fondos comunes de inversión y sociedades depositarias de fondos comunes de inversión, registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Según determinó ARCA, afecta a:

  • Compras y ventas de títulos valores (públicos o privados).
  • Suscripciones y rescates de fondos comunes de inversión.
  • Operaciones de pase y caución, tanto tomadoras como colocadoras.
  • Movimientos de fondos: ingresos, egresos, intereses, dividendos, amortizaciones y saldos.

Cambian las transferencias: los nuevos montos que informarán a ARCA

La nueva resolución de ARCA, firmada por el director ejecutivo, Andrés Edgardo Vázquez, redefinió los nuevos montos netos mensuales que deberán informarse, de acuerdo al artículo 5° del Título II:

  • Personas humanas: mayor a $ 100.000.000
  • Personas jurídicas: mayor a $ 30.000.000

Estos importes se calculan de forma conjunta y acumulada, teniendo en cuenta compras y ventas de títulos de valores públicos o privados. También se basa en movimientos de fondos entre agentes y comitentes o cuotapartistas, suscripciones y rescates de fondos comunes de inversión y operaciones de pase y caución.

Se eliminó el ajuste semestral de los límites mínimos

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del ajuste automático semestral de los montos mínimos que obligan a reportar operaciones. Antes, estos límites se actualizaban periódicamente de acuerdo con la variación del IPC que publica el INDEC.

De acuerdo con ARCA, esos importes ya habían sido aumentados mediante la Resolución General 5.699, lo que mejoró la calidad de la información, por lo que se consideró innecesaria la actualización periódica.

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