El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) envió el 13 de febrero de 2026 una nota al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, paraEl Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) envió el 13 de febrero de 2026 una nota al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, para

El Colegio Público de Abogados cuestiona artículos clave del proyecto de reforma laboral

2026/02/18 02:29
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El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) envió el 13 de febrero de 2026 una nota al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, para expresar objeciones al proyecto de reforma laboral con media sanción del Senado y en tratamiento en la Cámara baja. La institución encuadró su posición en la necesidad de respetar el “bloque de constitucionalidad federal” y los compromisos internacionales en materia de derechos de los trabajadores. 

Un debate con costos económicos y litigiosos

El CPACF planteó que la actualización normativa no debería afectar el principio protectorio ni el de progresividad, pilares del Derecho del Trabajo diseñados para compensar la asimetría entre empleadores y trabajadores. En su lectura, algunas modificaciones propuestas elevan la incertidumbre en la litigiosidad laboral y reconfiguran incentivos en el sistema de reclamos. 

La carta se concentra en dos artículos de la Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo) y en reglas asociadas a costas y honorarios. En términos económicos, el foco está puesto en cómo se distribuye el riesgo del proceso: entre demandante, demandado y quienes prestan la defensa técnica.

“Pluspetición inexcusable” y riesgo patrimonial para la defensa

Uno de los cuestionamientos apunta a la redacción proyectada del artículo 20, por la incorporación de una “configuración objetiva” de la figura de “pluspetición inexcusable”, que podría habilitar responsabilidad solidaria del letrado por costas si se considera que hubo sobreestimación del crédito reclamado. La entidad sostiene que la ambigüedad del criterio introduce un riesgo patrimonial directo para el profesional y podría operar como desincentivo para litigar. 

El CPACF argumenta además que ya existen herramientas procesales para sancionar “temeridad o malicia” y que, aplicado de manera específica al fuero laboral, el cambio generaría una asimetría respecto de otras ramas del derecho. 

Pago en cuotas de sentencias y límites a honorarios

El segundo punto central es el artículo 277: el texto proyectado incorporaría la posibilidad de pago en cuotas de sentencias condenatorias en juicios laborales, incluyendo créditos de trabajadores y honorarios profesionales, que el Colegio caracteriza como de naturaleza alimentaria. Desde su perspectiva, esa mecánica colocaría a estos acreedores en una situación relativamente desventajosa frente a quienes cobran sentencias en otros procesos. 

La nota también advierte sobre el efecto combinado con la limitación de costas del artículo 730 del Código Civil y Comercial. Según el planteo, en un esquema donde rige el principio de gratuidad del proceso laboral, el recorte en costas puede trasladarse a una limitación efectiva del derecho a percibir honorarios, con impacto sobre la oferta de patrocinio especializado. 

Un antecedente institucional: el “stare decisis” acotado al fuero laboral

Por último, el CPACF señaló que, aun si resultara discutible la conveniencia de introducir criterios de stare decisis (adhesión obligatoria a precedentes) respecto de decisiones de la Corte Suprema, no considera razonable aplicarlo exclusivamente a jueces que resuelvan conflictos laborales. El cuestionamiento apunta al diseño institucional: uniformar doctrina por vía parcial podría alterar equilibrios sin una reforma integral. 

En su cierre, la institución solicitó a los diputados considerar “las graves implicancias” de los cambios sobre el ejercicio profesional y el rol de la abogacía en la vigencia de derechos y garantías. Con el proyecto aún bajo debate, el eje se traslada a la Cámara de Diputados: allí se definirá si los artículos observados se mantienen, se modifican o se retiran del texto final. 

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