La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aplica de controles sobre el Monotributo y lleva a cabo recategorizaciones y exclusiones del Régimen Simplificado a partir de una serie de movimientos registrados en billeteras virtuales.
El esquema de ARCA se basa en el cruce de información con billeteras digitales, tales como Mercado Pago, Personal Pay y Naranja X, las cuales deben informar de manera mensual los movimientos que llevan a cabo los usuarios.
Ahora bien, el punto central es que las recientes notificaciones sobre recategorizaciones aplicadas por ARCA se realizarán únicamente al analizar operaciones comerciales y cobros con tarjetas de crédito, débito y código QR.
En este sentido, cuando ARCA detecta que un monotributista efectuó cobros por medios electrónicos que superan el monto facturado, se envía una notificación y se otorgan 15 días para justificar dichos ingresos.
Para realizar el control, ARCA implementó el sistema MOREO (Monotributo Recategorización de Oficio), que utiliza el CUIT del contribuyente para identificar los cobros comerciales mediante QR, tarjeta de débito o crédito en billeteras virtuales.
A su vez, el mecanismo compara el total detectado en esas cuentas con lo facturado durante el mismo período en el Monotributo y analiza los ingresos vinculados a los cobros.
Por su parte, si la diferencia es significativa, el sistema presume la existencia de ventas no declaradas y activa el proceso automático de recategorización o exclusión del Monotributo, lo que implica un cambio inmediato en la situación fiscal.
Ante una notificación de recategorización o exclusión del Monotributo a través del Domicilio Fiscal Electrónico, el contribuyente puede presentar un descargo dentro de los 15 días hábiles posteriores.
En caso que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero aplique dichas modificaciones en la situación fiscal, el descargo se deberá hacer mediante el servicio de Presentaciones Digitales, el cual permite justificar movimientos que no constituyen ingresos gravados.
No obstante, si no se presenta la apelación, la baja quedará aplicada automáticamente y el contribuyente pasa al régimen general de IVA, Ganancias y Autónomos, además de quedar impedido de regresar al Monotributo durante tres años desde la exclusión o con una categoría nueva.


