El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral mediante el Decreto 137/2026, publicado en el Boletín Oficial este viernes 6 de marzo.El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral mediante el Decreto 137/2026, publicado en el Boletín Oficial este viernes 6 de marzo.

Fraccionamiento, plazos y aviso previo, cómo cambian las vacaciones con la nueva ley

2026/03/06 23:43
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El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral mediante el Decreto 137/2026, publicado en el Boletín Oficial este viernes 6 de marzo.

La norma, conocida popularmente como la Reforma Laboral, introduce una serie de modificaciones en la Ley de Contrato de Trabajo y redefine varios aspectos del funcionamiento del mercado laboral, entre ellos la registración del empleo, la jornada laboral, el sistema de indemnizaciones y el régimen de vacaciones.

La reforma había sido aprobada por el Congreso el pasado 27 de febrero, luego de un proceso legislativo que incluyó cambios entre Diputados y el Senado. Con su promulgación, la ley quedó formalmente incorporada al marco legal argentino y habilita la implementación de un nuevo esquema laboral impulsado por el Poder Ejecutivo.

La normativa fue oficializada con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello y constituye una de las principales reformas estructurales en materia laboral impulsadas por el Gobierno tras la nueva configuración del Congreso luego de las elecciones legislativas de octubre.

En ese marco, uno de los puntos que se modifican es el régimen de vacaciones anuales, que incorpora nuevas reglas sobre el período en que deben otorgarse, la forma de notificación, la posibilidad de fraccionarlas y el tratamiento de situaciones especiales como enfermedades durante el descanso.

Vacaciones en la nueva reforma laboral: período, aviso y fraccionamiento

La reforma modifica el artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo, que regula el otorgamiento de las vacaciones. El nuevo texto establece que el empleador debe conceder el descanso anual entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque también permite que las partes acuerden tomar la licencia fuera de ese período.

Además, la ley fija que el inicio de las vacaciones debe notificarse por escrito con al menos 30 días de anticipación, salvo que los convenios colectivos de trabajo establezcan un sistema diferente de organización según la actividad.

La normativa fue oficializada con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

Otro cambio importante es que la norma habilita expresamente el fraccionamiento del período de vacaciones, lo que significa que el descanso anual ya no necesariamente deberá tomarse en un único bloque, sino que podrá dividirse en distintos tramos a lo largo del año. Esto será posible siempre que exista acuerdo entre empleador y trabajador y que cada tramo tenga una duración mínima de siete días consecutivos.

Cuando las vacaciones no se otorgan al mismo tiempo a todo el personal de un establecimiento o sector, el empleador deberá organizar el cronograma de manera que cada trabajador pueda disfrutar de sus vacaciones durante la temporada de verano al menos una vez cada tres años.

Qué pasa si un trabajador se enferma durante las vacaciones

La reforma también incorpora una regulación específica para los casos en que el trabajador se enferma mientras se encuentra de vacaciones.

Si la enfermedad es informada oportunamente y permite al empleador ejercer el control médico correspondiente, el período de vacaciones se interrumpe. En esa situación, el trabajador deberá reincorporarse cuando finalice el período originalmente previsto para las vacaciones o cuando termine la licencia médica, según corresponda.

La ley también establece que los días de vacaciones que no hayan podido disfrutarse deberán ser reprogramados, respetando las condiciones generales del régimen de licencias.

La reforma también incorpora una regulación específica para los casos en que el trabajador se enferma mientras se encuentra de vacaciones. Fuente: Shutterstock

Cómo impactan las vacaciones en el cálculo de indemnizaciones

La reforma laboral también introduce cambios vinculados al cálculo de la indemnización por despido sin causa.

El nuevo artículo 245 establece que la base para calcular la indemnización se determina sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador. En ese cálculo no se incluyen los conceptos de pago no mensual, como el aguinaldo, premios extraordinarios o las vacaciones.

Esto implica que el pago correspondiente a las vacaciones no forma parte de la base salarial utilizada para calcular la indemnización por despido, ya que se trata de un concepto que no se devenga todos los meses.

Posibles excepciones según la actividad

La ley también contempla la posibilidad de aplicar esquemas distintos cuando las características de una actividad económica lo justifiquen.

En esos casos, la Autoridad de Aplicación podrá autorizar mediante resolución fundada que las vacaciones se otorguen en períodos diferentes a los previstos en el régimen general.

Este mecanismo busca adaptar la organización de las licencias a sectores productivos con dinámicas particulares, como actividades estacionales o industrias que requieren esquemas específicos de rotación del personal.

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