El Gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral, más conocida como la reforma laboral, mediante el Decreto 137/2026. La publicación se hizo oficial una semana después de su aprobación en el Congreso.
A raíz de ello, el capítulo fiscal entró en plena vigencia a partir de este viernes 6 de marzo. Esto significa que la eliminación de impuestos internos y la exención del impuesto a las Ganancias para el alquiler de inmuebles con destino a casa-habitación, entre otras medidas, ya son una realidad.
Además de la reducción de la carga impositiva, la reforma laboral también incorporó el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), un estímulo para fomentar la inversión privada.
El artículo 195 de la Ley de Modernización Laboral señala que, a partir del primer día del mes inmediato siguiente a la entrada en vigencia de esta ley, se procederá a la eliminación de los impuestos internos vinculados al rubro de los seguros, los servicios de telefonía celular y satelital, los objetos suntuarios, los vehículos automóviles y motores, las embarcaciones de recreo o deportes y las aeronaves.
“La eliminación de impuestos internos, de acuerdo con la ley, es a partir del 1° de abril“, ratificó a El Cronista Sebastián Domínguez, tributarista y CEO de SDC Asesores Tributarios, quien agregó que la fecha podría ser modificada, en caso de que así lo determine el Ejecutivo, a través de un decreto por facultades delegadas.
La supresión de impuestos internos tendría un costo fiscal del 0,1% del PBI, según cálculos de la consultora Invecq y de LCG. De todas formas, se reduciría la cantidad de tributos a nivel nacional de 45 a 37.
Esto recién ocurriría a partir de 2028, ya que, según aclaró el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), la derogación de los impuestos vinculados a las entradas de espectáculos cinematográficos y a los servicios de comunicación audiovisual entrará en vigor en esa fecha.
Por otro lado, a raíz del fin del “impuesto al lujo”, algunas concesionarias, como Ford —cuyos nuevos precios rigen desde marzo— y Mercedes-Benz, anunciaron una baja de precios en algunos modelos de autos.
“Las reducciones se estiman en un promedio del 13%, aunque el porcentaje final dependerá de cada modelo, versión y configuración. La nueva lista regirá a partir del 1 de abril, cuando entre en vigor la nueva ley”, estimó a través de un comunicado Prestige Auto, representante exclusivo de Mercedes-Benz en Argentina.
El RIMI tiene como objetivo fortalecer la competitividad, incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios, y favorecer la creación de empleo, entre otras cuestiones.
A diferencia del Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI), el beneficio está dirigido a Micro, Pequeñas y/o Medianas Empresas (MiPyMEs).
Los montos de inversión difieren según el tamaño de la empresa:
Se trata de uno de los dos beneficios que otorga el régimen. Es una ventaja que se vincula directamente con el aumento de los recursos para el crecimiento operativo de las empresas.
En otras palabras, permite reducir el tiempo para amortizar los activos adquiridos: hay una mayor deducción de gastos y, a largo plazo, una disminución de la base imponible.
Este beneficio se podrá aprovechar en las siguientes circunstancias:
A partir de los casos detallados anteriormente, las empresas podrán solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y computar los créditos fiscales correspondientes en el período mencionado por la norma.
"Luego de transcurridos tres períodos fiscales mensuales contados a partir de aquel en que haya resultado procedente su cómputo", resalta el artículo 183.
El artículo 192 de la reforma laboral introdujo la exención del impuesto a las Ganancias para el alquiler de propiedades con destino a casa-habitación y la derogación del impuesto cedular para determinados inmuebles.
En primer lugar, el texto señala: “El valor locativo de la casa-habitación y, con efectos para los ejercicios o años fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2026, las ganancias derivadas del alquiler de inmuebles con destino a casa-habitación a las que no les resultará de aplicación lo previsto en el inciso k) del artículo 85″.
La segunda de las medidas refiere a las propiedades gravadas por una alícuota del 15% por el resultado de la venta de propiedades.
“Se encuentra exento el resultado derivado de la enajenación de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre inmuebles, alcanzados por las disposiciones del artículo 99 de esta ley, que se enajenen o transfieran a partir del 1° de enero de 2026″, precisa el artículo en cuestión.
Marcelo Rodríguez, tributarista y CEO de MR Consultores, aclaró que la derogación del impuesto cedular se extiende a las personas humanas. “No alcanza a la venta de derechos sobre Fideicomisos de Construcción”, remarcó.
Otra de las medidas que introdujo el Ejecutivo fue la actualización de los quebrantos impositivos, es decir, las pérdidas que arrojan las empresas y que luego pueden compensarse en ejercicios futuros.
El artículo 190 de la Ley de Modernización Laboral, que modifica el undécimo párrafo del artículo 25 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, detalla que dichas pérdidas fiscales se actualizarán, a partir del 1° de enero de 2025, teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC).
Los plazos fijos en dólares quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. Así lo determina la reforma laboral en el artículo 191 del “capítulo fiscal”.
“Se exime para personas humanas desde el ejercicio fiscal 2026″, subrayó Marcelo Rodríguez.
El sector agroindustrial se verá beneficiado con la exención del IVA para “la provisión de energía eléctrica utilizada en sistemas y/o equipos de riego”.
Al igual que en el caso de la eliminación de los impuestos internos, el texto señala que la medida regirá a partir del primer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de la ley; es decir, desde el 1° de abril.


